Cabrera: Loyola habría sido separado de su cargo en el 2014, por estar investigado por supuestas “irregularidades administrativas” en un procedimiento por robo de lechones.
El Comisario habría realizado el allanamiento sin orden previa, y se habría quedado con dos lechones en una negociación con los delinuentes involucrados.
Loyola fue pasado a pasivo por «irregularidades administrativas» e imputado por la justicia, por violacion a los art.151; 225 y 274, según indicó el Comisario Mayor Ciccarelli.
JUEVES 18 DE FEBRERO 2021:
Teniendo en cuenta la fecha de comisión del hecho- veintidós de septiembre de dos mil catorce, data del decreto de citación a juicio - veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis - ha transcurrido el término previsto por el art. 62 inc. 2° del C. Penal para que opere la extinción de la pretensión punitiva del Estado respecto del delito de sustracción de los medios de prueba (art. 255 del C.P), tal como se desprende de la planilla prontuarial e Informe del Registro Nacional de Reincidencia de fecha 15/12/2020. Corresponde en consecuencia, declarar prescripta la acción penal emergente del delito de sustracción de los medios de prueba (art. 255 del C.P) que se le atribuye al imputado en orden a lo dispuesto por los arts. 62 inc. 2 y 59 inc. 3 del C. Penal; 370 y 350 inc. 4 del CPP. Por lo expuesto y normas legales citadas; SE RESUELVE: I) Declarar extinguida por prescripción la acción penal emergente del delito de sustracción de los medios de prueba (art. 255 del C.P) atribuidos a Carlos German Loyola, ya filiado y en consecuencia sobreseer al nombrado en la presente causa arts. 62 inc. 2 y 59 inc. 3 del C.Penal; 370 y 350 inc. 4 del CPP. II) Dejar sin efecto la captura ordenada mediante Auto Interlocutorio n°210 de fecha 22/10/2020. Protocolícese, notifíquese y comuníquese.
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