DEM (DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL).
CON EL FIN DE REGULARIZAR SITUACION DE GRUPOS FAMILIARES QUE VIVEN EN VIVIENDAS CON TIEMPO MAYOR A 45 AÑOS Y QUE EL MUNICIPIO LE VENDE EL INMUEBLE - Mira el tenso debate filmado por el móvil de la radio.
SOBRE LA ORDENANZA.
Visto la Ordenanza N° 26/75, por la cual se adquiere 10 lotes con afectación a la construcción de viviendas. Y considerando que, mediante Ordenanzas N°1769/08, 2023/10, 2024/10 y 2251/11 se autoriza a la venta directa de viviendas, ubicadas en la Manzana 116, a las familias interesadas que se encuentran viviendo en dichos inmuebles. Que, a la fecha los planes se encuentran cancelados y en algunos casos escriturados. Que, restan vender seis lotes a familias que habitan en diferentes lotes de la Manzana 116.
Que, resta subdividir el Lote 020 de dicha manzana debido a que habitan el inmueble tres familias. Que, para la fijación del valor del metro cuadrado de las viviendas a vender, se tomará como referencia el valor del metro cuadrado de las viviendas ya vendidas a valor actual en dólares. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL DEHEZA
Art. 1º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta de los lotes ubicados en la Manzana 116 de la ciudad de General Deheza a los comodatarios actuales que se mencionan a continuación:
a) Lote 100 Mz 116. Superficie: 217.5 m²
b) Lote 101 Mz 116. Superficie: 217.5 m²
c) Lote 005 Mz 116. Subdivisión en marcha. 2 terrenos. Superficie: 217.5 m²
d) Lote 019 Mz 116. Superficie: 406 m²
e) Lote 008 Mz 116. Superficie: 553 m²
AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta de los tres lotes resultantes de la subdivisión del Lote 020 y los dos resultantes del Lote 005, ubicados en la Manzana 116 de la ciudad de General Deheza, una vez efectuada la misma. FIJESE el valor del metro cuadrado en la suma de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($6.875,00), equivalente al precio dólar actualizado, a pagarse en 120 cuotas mensuales, consecutivas y actualizables según el coeficiente de variación salarial que publica el INDEC o el que lo sustituya en el futuro. El comodatario actual que adeude más de tres (3) cuotas mensuales y consecutivas, queda automáticamente fuera del programa de compra e ingresa
automáticamente en el programa de comodato. El monto abonado por el adjudicatario le será devuelto con una reducción del quince por ciento (15 %) de lo abonado, en concepto de gastos administrativos. Art. 6º: ESTABLEZCASE que en el supuesto de que el comodatario no pudiera adquirir la vivienda mediante compra, tendrá la opción de efectuar un Contrato de Comodato con
Municipalidad de General Deheza, por el termino de 10 años, con posibilidad de renovación. En caso de fallecimiento del comodatario se procederá a la rescisión del mismo, quedando la vivienda a disposición de Municipalidad de General Deheza.
Art. 7º: AUTORICESE al Intendente Municipal, Ab. Franco Danilo Morra, a la suscripción de Boleto de Compraventa, para el supuesto de venta, y Contrato de Comodato para aquellos comodatarios que no adquieran la vivienda. Art. 8º: Comuníquese, Publíquese, Dese al Registro Municipal y archívese.